Con la pandemia, en España se aprobaron ayudas para favorecer a quienes quedaron afectados por la semi-paralización de la economía. Las medidas son muy amplias, pero solo compartimos algunas de ellas:
Ingreso Mínimo Vital:
La renta mínima es una prestación permanente a la cual pueden acogerse a los hogares que hayan visto disminuir sus ingresos drásticamente por el coronavirus.
Parados:
Se aprobó un subsidio extraordinario para los parados que acabaron sus prestaciones durante el primer estado de alarma, entre el 14 de marzo y el 30 de junio, por no poder acceder a otras ayudas, ni poder buscar trabajo por las restricciones frente a la pandemia. La cuantía es de unos 430 euros con una duración de tres meses.
Desahucios y cortes de suministros:
El Gobierno articuló ayudas al alquiler, los contratos se renuevan automáticamente; se suspenden los desahucios de alquiler de familias sin alternativa habitacional y del corte de suministros (luz, agua y gas) a la población vulnerable y a personas en riesgo de exclusión. Vigente hasta el 30 de septiembre de este año.
Erte: (Expediente de Regulación Temporal de Empleo):
Medida de flexibilización laboral que habilita a la empresa para reducir o suspender los contratos de trabajo, según el acuerdo alcanzado entre el Gobierno, la patronal y los sindicatos que permite que toda persona que perdió su empleo durante la pandemia, tendrá garantizada su prestación.
Autónomos:
Los autónomos y las empresas podrán aplazar durante seis meses el pago de sus cuotas a la Seguridad Social. A raíz del estado de alarma y las restricciones, muchos autónomos tuvieron que cerrar sus negocios, por lo que el Gobierno puso en marcha una prestación por cese de actividad.
Juntas de vecinos:
El Ejecutivo mantiene la suspensión de las juntas de propietarios de las comunidades de vecinos, en consecuencia, se cancela la obligación de presentar las cuentas anuales y la renovación de los órganos de gobierno. Se pueden celebrar para asuntos urgentes, con las medidas de seguridad anticovid o de forma telemática.
BienHallados, 01 de marzo de 2022/ Año2/ No 03
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